Una de las figuras claves del proceso independentista en Cataluña, el mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, junto con otros tres acusados, el ex secretario general de Interior de la Generalitat, César Puig, el ex director general de la Policía catalana, Pere Soler y Teresa Laplana, persona que se encontraba al frente del operativo policial que tenía como objetivo realizar un registro en la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017.

Ni sedición ni desobediencia

La sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional asegura que el cuerpo de policía autonómico no incurrió ni en un delito de sedición ni de desobediencia durante el operativo desplegado durante el referéndum catalán celebrado el 1 de octubre de 2017.

Las penas solicitadas por la Fiscalía contra Trapero, oscilaban desde los diez años de prisión -pena que se impondría si se hubiese cumplido el primer delito- hasta un año y ocho meses de cárcel más una multa de 60.000 euros -pena que se impondría en caso de haber desobedecido-. En un primer momento fue acusado del delito de rebelión, que acarrea penas superiores a las del delito de sedición.

Uno de los principales argumentos esgrimidos por la defensa de Trapero ha sido la oposición que manifestó el ex jefe de los Mossos a los principales mandos políticos que pilotaron la celebración del referéndum secesionista de la peligrosidad de su convocatoria, lo que le ha permitido demostrar que no ha habido "una conducta de connivencia" con el gobierno catalán en cuestión.

Una muestra de ello es la decisión que adoptó Trapero de apartar de su trabajo a dos policías en los que observó una "actitud de solidaridad" con los diversos votantes que acudieron a las urnas ese mismo día.

Falta de unanimidad

No obstante, la decisión tomada por los tres jueces que componen la sala no ha sido unánime, ya que la presidenta de la Sala Penal, Concepción Espejel, que emitió un voto particular contrario a la sentencia, a diferencia de los magistrados, Ramón Sáez Valcárcel y Francisco Javier Vieira que dieron su visto bueno.

La magistrada mantiene en su auto particular que el antiguo líder de los Mossos debe ser condenado por sedición, al asegurar que sí hubo alineamiento con el Govern para celebrar el 1-0.

Este supuesto se demuestra ya que, según Espejel, se colocaron "diversas trabas" con el beneplácito del consejero de Interior, Joaquim Form -que actualmente se encuentra en prisión- para que las órdenes necesarias para frenar que la celebración de la votación se materializasen. La decisión adoptada aún no es firme y puede ser recurrida por el Ministerio fiscal.