El presidente del Gobierno español Pedro Sánchez, ha decretado un nuevo estado de alarma que comprende entre sus medidas: la limitación de la movilidad entre comunidades, reuniones de seis personas y el toque de queda. El referido estado de alarma se pretende extender hasta mayo del año 2021. En los presidentes autonómicos recaerá la autoridad delegada, los cuales deben ejecutar discrecionalmente las medidas tomadas y resolver si limitan la circulación para ingresar o salir de su comunidad autónoma.

En rueda de prensa, luego del Consejo de Ministros Extraordinario, el presidente Pedro Sánchez anunció la aprobación del nuevo estado de alarma en todo el territorio de España, que se aplicará a partir del día de hoy, el cual establece entre sus medidas el toque de queda nocturno y para las reuniones sociales o familiares un máximo de seis personas, siempre y cuando convivan en la misma vivienda.

A solicitud de algunas comunidades autonómicas y regionales

Vale destacar que el referido estado de alarma había sido solicitado hace pocos días por las comunidades autonómicas de Cantabria, Catalunya y Euskadi y por la mayor parte de los gobiernos regionales del PSOE. En contraste, ninguna de las autonomías gobernadas por el PP han pedido esa medida.

Este nuevo estado de alarma tiene el propósito someter la segunda oleada de la pandemia, según el presidente Sánchez, el cual tiene previsto que se prolongue hasta el 9 de mayo de 2021, si bien esta prórroga debe ser aprobada por el Congreso de Diputados, en quince días. Para el próximo martes se tiene previsto su aprobación por parte del Consejo de Ministros, a los fines de que esta semana que comienza sea votada en el Congreso, donde el presidente ha solicitado un respaldo mayoritario.

Dentro de las medidas del nuevo estado de alarma se contemplan:

- Las medidas serán ejecutadas por los Gobiernos autónomos.

- Después de los primeros 15 días de entrar en vigencia, el Gobierno emitirá al Congreso de Diputados la prórroga de validez del estado de alarma para los siguientes 6 meses, hasta el 9 de mayo de 2021.

- Se implanta un toque de queda por la noche que restringe la circulación de personas, de las 23:00 horas hasta las 6:00 de la madrugada en todo el territorio nacional, a excepción de razones que lo justifiquen.

En Cataluña será a partir de las 22.00 hasta las 6:00 de la madrugada.

- Este toque de queda se aplica en todo el país, a excepción de Canarias, que tiene un desarrollo epidemiológico favorable.

- Las comunidades autónomas podrán variar la ejecución del toque de queda, adelantando a las 22.00 horas o retardándolo hasta las 12 de la noche.

Asimismo, lo pueden cambiar para que termine a las 5 o 7 de la madrugada.

- Los Gobiernos autónomos se autorizan, mediante el presente estado de alarma, a ejecutar un bloqueo transitorio de entrada y salida a todo su territorio o parte de este, salvo excepciones justificadas para los que deban circular por razones sanitarias, laborales, educacionales, o cuidados a familiares, etc.

- Los Gobiernos regionales podrán restringir juntas sociales que sobrepasen las 6 personas, a excepción de que de convivan en la misma residencia.

- El ente de cogobierno entre el Gobierno Nacional y las CCAA es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

- El Ministro de Sanidad declarará el alcance de su desarrollo cada quince días.

- El Consejo Interterritorial reducirá o ampliará las normas, de acuerdo al desarrollo de la pandemia.

- El Ejecutivo del Gobierno tiene como meta reducir la incidencia acumulada a menos de los 25 casos por cada 100 mil habitantes. La actual es de 368 casos.

Finalmente, se debe destacar que este nuevo toque de alarma no paraliza la dinámica del Estado, ni impone el aislamiento domiciliario a los españoles.