Algunas empresas oportunistas, que ya iban mal antes de la pandemia, se alían ahora con el Coronavirus para reducir personal y ahorrarse o posponer el pago de las indemnizaciones que corresponderían realmente a despidos improcedentes o procedentes. Esta estrategia empresarial se trata, ni más ni menos, que la de realizar despidos disciplinarios, basados en una alegación de bajo rendimiento o faltas graves, privando el trabajador/a, como consecuencia, de sus derechos laborales en esta materia.
La delgada línea de la legalidad con la que juegan varias empresas a raíz de los ERTE
Ante la falta de justificación frente al ERTE, y la situación de vulnerabilidad del trabajador delante de esta paralización de la mayoría de actividades profesionales, algunas empresas, que ya no estaban yendo bien antes de la pandemia, han visto en la dilatación de plazos de los órganos judiciales, una oportunidad para aplicar ciertas medidas que no se hubieran atrevido a tomar en un momento de normalidad, por no estar ajustadas a ley.
Delante de esta situación de desprotección es donde estas empresas actúan, pues han detectado que nuestro sistema judicial no puede funcionar ni reaccionar como es habitual, y ante su imposibilidad de ser creativos, competentes y superarse, deciden aplicar estas medidas que podemos catalogar de mezquinas, demostrando mediocridad y prepotencia.
Es posible que estas empresas estén más asustadas incluso que los propios trabajadores/as, pero del mismo modo que se le está pidiendo a la ciudadanía capacidad de adaptación y renuncia a muchas cosas, ellas deberían hacer a lo mismo.
Sin embargo, ¿en qué situación queda el trabajador/a? Esta decisión empresarial conduce al trabajador/a a tener que reclamar un derecho que ya de por ley le corresponde y que la empresa le está negando.
El trabajador/a sólo recibirá el finiquito, pues esta forma de despido, por el carácter de su naturaleza, no tiene asociada ningún tipo de indemnización. En el caso de disconformidad por parte del trabajador/a, este contará con el derecho a reclamar el despido, recayendo sobre la empresa la carga de la prueba.
Los retrasos en los plazos favorecerían al empresario
Estos plazos se extienden por encima de los 20 días hábiles legislados, lo que ciertamente deja más margen al trabajador/a para gestionar la reclamación. No obstante, supone también la moratoria a la hora poder celebrar el CMAC, ya que la ampliación de plazos no tiene otra causa que la saturación en las gestiones de los organismos competentes debido al estado de alarma. Estos retrasos son los que, precisamente, favorecen al empresario, porque logra posponer, o incluso en muchos casos ahorrarse, el coste de los despidos.
Por otro lado, si el trabajador/a cuenta con cotización suficiente, podrá acogerse a la prestación por desempleo, pero si no es así, se quedará sin ingresos, salvo que pueda acogerse a algún tipo de ayuda, ya que iniciar una búsqueda de empleo en estos momentos no se presenta como una opción viable ni respeta el confinamiento.
Debido al aumento descontrolado del desempleo en estas semanas, los organismos competentes al respecto están saturados. Esto se traduce en la posibilidad de que las prestaciones se paguen con retraso, por lo que el trabajador se queda en una situación de indefensión bastante dura. Si bien ya asumimos que en la situación que estamos se van a producir despidos, solo nos falta que además estos vayan acompañados de falsas motivaciones que pretenden privar, y de hecho privan, al trabajador/a de sus derechos.
Condiciones desfavorables en las que se pueden ver los trabajadores afectados
- Ingresos reducidos, en muchos casos, considerablemente.
- Riesgo de cobrar la prestación por desempleo o la ayuda que le corresponda más tarde respecto a los plazos habituales.
- No puede contar con el dinero de la indemnización que realmente le corresponde y que le ayudaría a soportar un poco mejor la situación, pues ha de reclamarla sin saber cuándo podrá resolverse el procedimiento.
- Impago de créditos u otros gastos mensuales.
- Dificultades a corto plazo para hacer frente el coste de otras necesidades esenciales como la alimentación, medicamentos, servicios básicos,...
- Como consecuencia de todo ello se producirán, en muchos casos, impagos en los alquileres (sufriendo también una merma en sus ingresos patrimoniales los arrendadores), mientras este tema no se regule.
La situación es durísima, y precisamente por eso tenemos que procurar ser más justos y valientes que nunca con nuestras decisiones empresariales.
Esta actitud de algunas empresas está empeorando la situación social tanto como puede hacerlo el no respetar el confinamiento o no mantener una actitud responsable frente a las medidas de precaución para frenar el contagio.
Cabe reflexionar sobre ese dicho popular que afirma “en tiempos de crisis solo los fuertes crecen”, visto lo que está sucediendo. Tal vez deberíamos reescribirlo ajustándolo a la realidad y diciendo más bien “en tiempos de crisis no solo los fuertes crecen, sino también los carroñeros".