Toda muerte de un ser querido resulta dolorosa, y a veces traumática. En los momentos en que sucede, los que le sobreviven no suelen pensar en los trámites jurídicos y burocráticos a que se van a tener que enfrentar cuando, andando los días, tengan que afrontar la cuestión, siempre delicada, de la herencia. A continuación vamos a dar algunos Consejos de experiencia para estas situaciones.
La herencia en abstracto
En España llevamos siglos aplicando los conceptos y normas que crearon los romanos para las herencias. Pero la herencia no la inventaron ellos: es una de las instituciones jurídicas más antiguas que existen.
Muchos de los autores antiguos decían que se trataba de una institución jurídica de origen natural, algo que no había inventado ninguna legislación concreta de ningún país, sino que surge naturalmente con la conducta humana. Vamos a entenderlo mejor si pensamos en nuestra vida cotidiana: hemos usado una ropa durante unos años pero hemos engordado y ya no nos queda bien; aun así, no queremos tirarla porque la hemos cuidado y aún tiene vida útil. ¿Qué hacemos con ella? Pues se la damos a alguien que creemos que la necesita. Se produce entonces una "sucesión" en la propiedad de la ropa: pasa de mí a otra persona.
Esto es lo mismo que sucede con la herencia, con la particularidad de que se trata de un acto "mortis causa"; es decir, de un traslado de la propiedad de algo, a causa de la muerte de su antiguo propietario.
Pero éste tiene mucho que decir sobre dicho traslado, y para ello está el testamento, del cual hablaremos a continuación.
El testamento, uno de los elementos centrales de la herencia
Es uno de los elementos centrales de la herencia. Es un acto libre y voluntario, normalmente realizado ante notario, en el que una persona deja escritas las normas que han de regir la sucesión para cuando muera.
Es decir, por ejemplo: cuando el testador determina que sus hijos heredarán a partes iguales todos los bienes que deje al morir.
La herencia tiene como primera regla y máxima norma de actuación el testamento. Cuando no existe, todo se complica un poco. Por eso, es muy recomendable para todos hacer testamento cuanto antes, aunque seamos jóvenes.
Por otra parte, no está demostrado científicamente que hacer testamento acorte la esperanza de vida o atraiga accidentes o enfermedades... De modo que una persona en edad adulta debe pensar seriamente en dejar hecho su testamento cuando empieza a tener bienes que dejar.
Es un acto sencillo, barato y rápido.
Si no hay testamento
Cuando una persona muere sin haber hecho testamento, es la ley (el Código Civil) la que establece el destino de sus bienes. Es lo que se llama la sucesión legal o "intestada". En ese caso, la ley diferencia entre descendientes, ascendientes, cónyuge viudo y el resto. Sólo algunos de los parientes vivos tendrán derecho a la herencia del difunto, y siempre dependiendo de las circunstancias.
Así, por ejemplo, el muerto tenía hijos, éstos serán los herederos. Pero si no los tenía, entonces entrarán otras personas, en el orden que establece la ley.
Pongamos un ejemplo: una persona mayor, soltera, muere sin hijos. Sus padres hermanos también están muertos. No tiene parientes directos hacia arriba o hacia abajo. Pero quedan sobrinos. Éstos podrán reclamar la herencia, pero tendrán que hacerlo a través de un procedimiento más largo y costoso, y podrán hacerlo a partes iguales entre los que estén en el mismo "grado"; es decir, a la misma distancia del muerto como parientes. Por ejemplo: entre un padre y un hijo hay un grado. Entre hermanos hay dos grados. Entre tío y sobrino hay tres grados.
Los parientes más cercanos en grado heredan, normalmente, a partes iguales, aunque no pretendemos aquí hacer una exposición pormenorizada de las reglas de la herencia, y para cada caso hay que acudir a la asesoría legal o al abogado correspondiente.
Consejos
Valga la pena dar una serie de consejos de experiencia para cuando hay que enfrentarse a una herencia:
- Cuando se inicia un tema como este, es mejor dejar atrás durante unas horas el duelo, la pena y todos los sentimientos. La herencia es una cuestión material, económica y jurídica, y como tal debe tratarse, con la cabeza fría.
- Reunir cuanto antes toda la documentación relativa al fallecimiento (certificado de defunción, etc.).
- Acudir cuanto antes a un profesional, especialmente a un abogado o a un notario.
- Hacer cuanto antes un listado de los bienes del difunto y una valoración (esto se lo podrán hacer en la oficina del profesional jurídico).
- Reunir cuanto antes la documentación relativa a los posibles herederos (libros de familia, certificados de matrimonio y de nacimiento, etc.).
- Prepararse para pagar los Impuestos correspondientes, si procede, y dependiendo de la Comunidad Autónoma (las herencias pueden ser muy caras tributariamente hablando).
- Sentarse a hablar con todos los posibles herederos y tratar de llevar todo el asunto amistosamente, y no permitir que una herencia sea motivo de enfrentamiento o división.
- Cumplir los plazos de preparación de la herencia, pago de impuestos, etc, para no sufrir recargos ni retrasos innecesarios (consulte a su profesional).
En definitiva, una herencia es siempre un proceso escabroso, que puede resultar mucho más llevadero si seguimos una serie de consejos simples. Ante todo, se trata de minimizar los problemas y facilitar la tramitación para que resulte lo más rápida, barata y sencilla para todos los implicados. Y sobre todo, lo importante es que la vida sigue.