El día 6 de marzo entró en vigor el Real Decreto Ley 7/2019, el cual tiene como enfoque los temas de alquiler y arrendamientos. Este nuevo decreto ha ocasionado una serie de cambios, donde casi ha pasado desapercibida una cláusula de suma importancia. Desde ahora es necesario comunicar con cuatro meses de antelación la rescisión del contrato de viviendas, en contraste con el plazo de 30 días que se utilizaba anteriormente.

La Agencia Negociadora del Alquiler explica al detalle el nuevo decreto de alquiler

A pesar de que el decreto fue aceptado el 6 de este mes, todos aquellos contratos que se hayan realizado desde el 6 de marzo del año 2019 en adelante se verán afectados por él.

"De momento, la gran mayoría de arrendadores no están conscientes que deben avisar a sus inquilinos con cuatro meses, a diferencia de 30 días como estaban acostumbrados". explicó la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA).

Según las declaraciones de José Ramon Zurdo, Director General de la ANA: "Todos aquellos que no comuniquen la intención de no renovar el alquiler, podrían verse en el riesgo que el contrato se prorrogue". Esto incluye cumplir o asumir las penalizaciones adscritas en el contrato, sin opción a cancelarlo. La prórroga podría variar según cada caso, pero podría alcanzar un máximo de 3 años, según lo decretado en el artículo 10 de la L.A.U.

Existe la posibilidad que el nuevo decreto de alquiler se utilice en un caso inverso

José Ramón Zurdo ha explicado que el Real Decreto ley 7/2019 también podría aplicarse en un caso contrario. Si el inquilino no comunica sus intenciones al propietario del inmueble con dos meses de antelación, podría verse obligado a prorrogar su contrato y mantener el alquiler.

En estas situaciones la prórroga podría abarcar incluso otra anualidad completa, basándose en lo establecido en el contrato.

Una penalización para el arrendamiento’, Zurdo explica los posibles futuros problemas con el alquiler

Actualmente casi todos los plazos de comunicación que han sido regulados bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos continúan marcando 30 días o un mes, a excepción de la nueva medida.

Según las declaraciones de José Ramon Zurdo, esta sería una penalización al arrendador, la cual posee un período muy extenso.

Debido a todo esto, Zurdo considera que comenzarán a suceder una serie de situaciones donde la mayoría de contratos de alquiler terminarán durando más de lo previsto. En caso de los particulares podrían durar incluso ocho años, y para los arrendadores que son personas jurídicas terminaría alcanzando los 10 años. Por otro lado, Zurdo denuncia que "conocer los plazos de finalización de arrendamientos y alquileres de viviendas es un galimatías", pues actualmente coexisten siete cambios normativos, por las distintas legislaciones.