El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia al ex-seleccionador de atletismo, Miguel Ángel Millán, por un delito de abuso a menores. Finalmente, la sala de lo penal del TS ha decidido desestimar el recurso presentado por la defensa del ex-seleccionador de atletismo, a nivel nacional, Miguel Ángel Millán Sagrera.
De esta manera, una de las personas con más poder en la disciplina del atletismo del país tendrá que cumplir una condena por 15 años y seis meses de prisión por abusar sexualmente, de manera continuada, de dos jóvenes con los que tenía contacto gracias a ser su entrenador, cuando las víctimas eran menores de edad, en Tenerife.
El ex entrenador ya había sido condenado en febrero del año 2018
Millán ya había sido condenado en el mes de febrero del año 2018 por parte de la Audiencia Provincial de la isla de Santa Cruz de Tenerife, aunque decidió presentar un recurso de apelación al mismo Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias que acabó siendo desestimado, por lo que decidió presentar un Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo que ha vuelto a ser desestimado.
De esta manera, el ex entrenador tendrá que hacer frente a la pena de prisión de 15 años y seis meses, además de una inhabilitación especial para no volver a ejercer su profesión: entrenador de atletismo, tendrá que indemnizar a sus víctimas, no podrá llevar a cabo actividades deportivas que impliquen contacto con menores de edad y tendrá que participar en un programa formativo sobre orientación sexual.
El caso de Miguel Ángel Millán fue un verdadero escándalo: detenido en el mes de enero del año 2017, su nombre saltó a los medios de comunicación por ser uno de los entrenadores de mayor prestigio de toda España, al haber preparado a personalidades del deporte como fue el caso de Antonio Peñalver, que logró la medalla de plata en los históricos Juegos Olímpicos celebrados en la ciudad de Barcelona del año 1992.
Además, Peñalver dio un paso al frente al declarar en su contra durante el propio juicio.
El Tribunal Supremo no ha aceptado el Recurso de Casación presentado por su defensa
El Recurso de Casación presentado por su defensa se basaba, en todo momento, en una presunta indefensión y por la vulneración de la presunción de inocencia que el acusado sufrió a lo largo de toda la fase de instrucción y durante el juicio, teniendo en cuenta la admisión de testigos y la valoración, de forma errónea, de numerosas pruebas.
Pero, el Tribunal Supremo considera que la declaración de las actuaciones bajo secreto, durante la fase de instrucción, se realizó de forma justificada y durante un periodo de tiempo bastante moderado, por lo que no se llegó a vulnerar su derecho a la defensa.
Sobre la presencia de testigos que no fueron víctimas de abusos sexuales por parte del acusado, el Tribunal considera que su presencia fue fundamental para reforzar el testimonio y la credibilidad de dos de los menores que habían denunciado al propio Millán.