El Tribunal Supremo, a través del pleno jurisdiccional de la Sala Penal, ha dictaminado por unanimidad la celebración de un nuevo juicio en la Audiencia Nacional, por el caso Bateragune. El Pleno de la Sala constituido por 16 magistrados ha tomado la decisión. Para ello han hecho uso y revisión de la jurisprudencia de la propia instancia. Todo ello se encuentra enmarcado en la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que cuestiona el desarrollo del proceso judicial.

La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), mediante sentencia consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Arnaldo Otegui en el caso Bateragune.

Por ello el Pleno de la Sala se ha valido del Convenio Europeo de Derechos Humanos para actuar respectivamente. Cabe recordar que Otegui salió de prisión en 2016, y desde ese momento se ha dedicado con mayor relevancia a la actividad política nacional, vinculándose al Gobierno del PSOE.

El caso Bateragune se refiere a un proceso judicial que se sigue contra varios integrantes de la izquierda abertzale, por su integración en organización terrorista. Con el fin de intentar recomponer Batasuna, agrupación de tinte independentista vasco. La gravedad radica, en que dicha operación fue realizada siguiendo órdenes de la organización terrorista ETA. Es importante recordar que hasta 2011, dicha entidad armada funcionó.

Por el caso Bateragune estuvieron detenidos Arnaldo Otegui y cuatro dirigentes de la izquierda abertzale, durante seis años y medio aproximadamente. Otegui y sus compañeros presos, defendieron la tesis de que a través de sus acciones políticas querían llevar una actividad de lucha no violenta, que dejara atrás la violencia de momentos previos.

Pero la vinculación a ETA, hizo que el Tribunal Supremo acudiera y ejerciera su acción judicial.

Tribunal Supremo disolvió Batasuna

En 2003, el Tribunal Supremo ordenó la disolución de Batasuna, organización de corte independentista vasco ligada a ETA. La ilegalización de la agrupación, se hizo bajo la articulación con la Ley de Partidos.

El juez Baltazar Garzón, desde 2002 ya había ordenado varias decisiones contra Batasuna, y luego de 2003 su acción fue todavía más rigurosa. La detención de varios de los integrantes de la organización vasca, ordenada por el juez Garzón tuvo mucha fuerza para disminuir la estructura citada.

El Tribunal Supremo asumió la peligrosidad del vínculo de ETA con Otegui

Garzón emprendió las acciones contra Batasuna, asumiendo que ETA y la organización vasca, estaban relacionadas desde el mismo origen de la primera citada. Por lo que era necesario, tras la ilegalización y disolución de 2003 y en uso de la Ley de Partidos, avanzar hacia la lucha por evitar que Batasuna pudiera reorganizarse e intentar clandestinamente asumir funciones y acciones dentro de España.

Las primeras detenciones de Otegui y sus compañeros se realizaron en el sindicato ELA, el vínculo con ETA, radicaba la proximidad y rapidez con que se actuaba en el procedimiento policial. En la instancia sindical, hubo grandes protestas y muestras de rechazo, tras las acciones judiciales. Lo que llevó a la realización de gran número de protestas en contra de la decisión y a favor de la liberación de Arnaldo Otegui, y sus compañeros.

El Tribunal Supremo actuó bajo la observancia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), cree que la aceptación de la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegui en un caso, y posteriormente rechazarla en otro procedimiento que es diferente y que también implica al acusado, es inadecuado.

Porque además se realizó un mes después, por lo que según ellos atentó contra el Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Por tanto, surge la necesidad de que se vuelva a hacer el juicio en consecuencia.