Tras semanas de negociaciones, el Gobierno ha aprobado este martes la ley para la regulación del teletrabajo. La nueva reglamentación ha llevado varios días de reuniones entre el Ejecutivo, los sindicatos y la patronal, partes que por fin se han puesto de acuerdo esta semana, tras llegar a un preacuerdo para el sector privado el día lunes y ser aprobado en su totalidad en el día martes 22 de septiembre.
Según la normativa, el teletrabajo deberá ser voluntario y reversible, y será la empresa contratante quien asumirá los gastos asociados. Además, aunque se realicen las tareas desde casa, el teletrabajador tendrá los mismos derechos y deberes que el resto, desde estabilidad del empleo, formación, promoción profesional y retribuciones, sin olvidar el tiempo de trabajo.
La nueva ley de teletrabajo ha venido para igualar los derechos de los empleados
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, ha explicado en rueda de prensa que según la nueva ley, las empresas se deben hacer cargo de todos los gastos imprescindibles para que el trabajador cumpla con sus tareas a distancia, así como del mantenimiento de los equipos tecnológicos. La ministra ha hecho hincapié en que esta normativa ha llegado para igualar derechos entre los trabajadores.
Según Díaz, la nueva ley ha venido a cubrir un vacío legal, haciendo alusión a su falta en los primeros tiempos de la pandemia, cuando el teletrabajo se instaló con fuerza como único método para que miles de empleados realicen sus tareas a distancia, durante el confinamiento por la crisis del coronavirus.
En cuanto a las empresas, la ministra ha comentado que tendrán 20 días para adaptarse a la normativa una vez que la misma sea publicada en el BOE. En palabras de Yolanda Díaz, la nueva ley aumentará la productividad y la competitividad de la economía del país.
Las nuevas condiciones del teletrabajo para el empleado y para la patronal
Con respecto a las nuevas condiciones del teletrabajo, por decisión del Gobierno esta modalidad de empleo a distancia deberá ser voluntario, tanto para la empresa como para el empleado.
Esto significa que no se puede imponer y que demandará un acuerdo que se hará por escrito entre ambas partes. Dicho escrito podrá formar parte de un contrato inicial o posterior al período de teletrabajo.
Por otra parte, a partir de esta nueva legislación, el teletrabajo comenzará a ser reversible, lo que significa que quien lo desea podrá volver a la oficina luego de cumplir sus tareas a distancia por determinado tiempo.
Además, el trabajador será acogido a la nueva ley de teletrabajo cuando cumpla el 30 por ciento de su jornada semanal, o al menos dos días por semana, de manera remota, por un período de tres meses.
Condiciones particulares para el teletrabajo en pandemia
Ahora bien, las empresas que implementaron el teletrabajo por fuerza mayor durante el confinamiento del Coronavirus y el estado de alarma impuesto en el primer semestre del año, y que continúan usando esta modalidad a la fecha, quedarán exceptuadas de la nueva reglamentación.
Por lo tanto, dichas empresas continúan aplicando la normativa laboral que regía hasta el momento con sus empleados remotos. Eso sí, tendrán que brindar medios, hacer mantenimiento de equipos y brindar compensación de gastos si los mismos no hubiesen sido compensados hasta el momento.
Una de las secciones de la nueva ley que más discusión ha dado entre las partes es justamente la competente a la pandemia, ya que la patronal entiende que el teletrabajo es una derivación de la crisis sanitaria y, como situación extraordinaria, no será definitiva. Para llegar a un acuerdo, se aprobó el punto que establece que las empresas que continúan con trabajadores remotos, no se acogerán a la nueva norma.