Cinco sargentos fueron sentenciados a un año de prisión por haber acosado a una compañera lesbiana. El Tribunal Supremo de lo Militar terminó anulando la absolución de cinco años de cárcel para cinco suboficiales del Ejército pese a tener pruebas suficientes del delito de hostigamiento.

Los militares condenados deberán pagar una indemnización a la víctima

La justicia resolvió que Pablo Requena Rodríguez, Gerardo de la Torre Solano, María Fernández González, Ernesto Juan Alonso López y Aarón Navarro Santana recibieran una condena de 12 meses en prisión por haber acosado a una compañera.

Además, la Sala de lo Militar del Supremo dispuso que los implicados paguen una indemnización de aproximadamente 15.000 euros a la víctima por daños morales y fueran suspendidos laboralmente por un año. Todos ellos declarados culpables de un delito de 'acoso laboral y profesional'.

Los militares iniciaron sus comentarios homófobos contra su compañera desde su llegada, en mayo de 2015, al Regimiento de Artillería de Campaña N°93 de Tenerife (RACA 93). Según el tribunal, estos eran 'generalizados' dentro del regimiento y los propiciaban los cinco sargentos mencionados anteriormente. 'Rata', 'gandula', 'enana' o 'llegará una sargento homosexual' eran algunos de los comentarios que la mujer recibía por parte de sus compañeros.

Previamente, el Tribunal Militar los había absuelto de las acusaciones

Todos los miembros de la unidad del Regimiento de Artillería conocían las agresiones verbales que estaba recibiendo la Mujer, pero ningún soldado hizo nada para evitar que se propagaran más insultos contra ella. Sin embargo, la situación de la víctima empezó a cambiar a partir de 2017, cuando decidió denunciar a sus compañeros.

Mientras testificaba frente a un juez durante otro procedimiento, se animó a relatar algunas de las humillaciones a las cuales la sometieron sus compañeros de la unidad.

El juez determinó que se abrieran diligencias contra los implicados y el fiscal de la causa le solicitó al Tribunal Militar Territorial la condena de un año de cárcel para cada sargento y el pago de 3.000 euros como indemnización.

Por otra parte, la defensa había pedido la absolución de los militares, en tanto que la acusación particular reclamó una condena de 24 meses de prisión para cada soldado por delito de acoso profesional y otros cuatro años por delito de odio.

El Tribunal Militar Territorial decidió absolver a los militares fundamentando que los comentarios despectivos dirigidos hacia la víctima 'no los hacían directamente sino a sus espaldas'. Sin embargo, el Supremo anuló el veredicto del tribunal alegando que los insultos están en contra de los principios y valores básicos del comportamiento militar. Por lo tanto, el Tribunal Supremo resolvió que los cinco sargentos fueran condenados a un año de cárcel y a pagar 15.000 euros como indemnización al ser declarados culpables por delitos de acoso laboral y profesional.