Tener todos los documentos de conducir en vigor es la mejor opción para evitar recibir alguna multa por parte de la DGT, que no dudarán en imponer una penalización económica en función de de la gravedad de la falta cometida.

El carnet de conducir y también el seguro del coche son indispensables para evitar las multas de la DGT que pueden ir desde los 10 euros hasta la cifra de 3.004 euros, aunque esta última cifra está dirigida hacia las infracciones asociadas al seguro para el coche.

Hasta 3.004 euros puede multar la DGT a quienes no posean seguro para el coche

La ley exige a los propietarios de Coches contar con un seguro obligatorio, lo cual puede y debe ser confirmado por los agentes de tráfico al momento de parar a alguien por una inspección rutinaria o por haber cometido alguna infracción al volante.

Hasta el año 2008 era necesario llevar a la mano la póliza del seguro y el recibo del último pago, pero desde dicho año los agentes pueden confirmar si se dispone o no del seguro consultando en sus dispositivos de información, razón por la cual es importante contar con un seguro y haber pagado el impuesto de circulación, porque ante estas faltas la DGT puede imponer multas desde 601 euros hasta 3.004 euros, en función de la gravedad de cada situación particular.

Además, es necesario aclarar que de cometer alguna de estas faltas, el coche puede sufrir inmovilización inmediata y ser retenido hasta el momento en que se cancele la multa en su totalidad, dejando al mismo tiempo una marca en el expediente del conductor.

DGT multa desde 10 hasta 500 euros a quienes no porten carnet y permiso de circulación

El carné de conducción o la autorización provisional expedida por la DGT es obligatoria al momento de conducir, puesto que las autoridades pueden colocar una multa de 10 euros por no tenerlo a mano y hasta 500 euros por no estar autorizado para conducir.

Asimismo, si el documento no se encuentra actualizado o presenta algún defecto, la multa inicial de 10 euros puede ascender hasta la cifra de 80 euros e incluso podría ascender hasta los 200 euros en caso de que el carné de conducción se encuentre caducado. Lo mismo ocurre con el permiso de conducción puesto que se puede recibir una multa de 10 euros por no llevarlo y hasta de 500 euros en caso de no haber tramitado dicho documento. No obstante, también se puede presentar una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.

La DGT puede solicitar la tarjeta y el último informe de la ITV

Otro documento indispensable para circular legalmente es la tarjeta de inspección técnica de vehículos (ITV) junto con el último informe de la ITV, dado que estos documentos demuestran que el coche se encuentra en condiciones óptimas de funcionamiento.

Resulta necesario disponer de ambos documentos en vigor junto con la pegatina en el parabrisas dado que, de lo contrario se puede recibir una penalización por no llevar el documento y de hasta 200 euros por presentar una tarjeta ya caducada.