El Gobierno andaluz ha propuesto solicitar el certificado COVID o de vacunación a los ciudadanos para poder acceder a lugares de ocio nocturno. Para reinstaurar la actividad económica en Andalucía se intentó aplicar la solicitud de este certificado específicamente en hostelería y bares. Esta medida al no estar bien planteada y por otros motivos, ha sido rechazada por Tribunal Supremo al igual que en otras comunidades autónomas.

El Tribunal Supremo se pronuncia en contra de la medida

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se mostró en contra de la decisión, en donde desestima la orden con fecha a 5 de agosto del presente año, dada por la Consejería de Salud y Familias de Andalucía.

En esta se indicaba que se limitaría el acceso al interior de los establecimientos y hostelería a las personas que no presenten un certificado de COVID digital. Este certificado debía ser emitido por la Unión Europea o en su defecto, un test de antígenos con resultado negativo no superior a 72 horas.

El Tribunal Supremo y el Tribunal Andaluz concordaron que la Junta actuó mal debido a que esta medida no está bien justificada y no es proporcional. Indicaron que una justificación adecuada sería que el inicio de la quinta ola de COVID-19 tuviera sus orígenes en los lugares de ocio nocturno. Además, el Tribunal indicó que la petición del pasaporte COVID para poder acceder a cualquier lugar público es una vulneración del derecho de la intimidad personal de cada ciudadano, ya que el territorio es muy extenso.

La decisión se traslada también a otras comunidades autónomas

A pesar de que Andalucía fue la primera comunidad autónoma en recibir una sentencia por parte del Tribunal Supremo, esta no es la única comunidad que quiere aplicar la solicitud del Certificado COVID para poder acceder a locales de hostelería y otros lugares de ocio.

También están Canarias, Galicia y Cantabria, las cuales desean restaurar estas actividades, pero sus solicitudes fueron rechazadas por los tribunales superiores debido a que al igual que en Andalucía no existen motivos que justifiquen tal restricción.

Hasta el momento la única comunidad autónoma que ha logrado que se acepte la solicitud obligatoria a las personas del pasaporte COVID es Baleares, pero no para lugares de ocio, sino para el ingreso a residencias de ancianos y eventos grandes.

Para el Tribunal Supremo, actualmente ya existen medidas que tienen el mismo fin que el pasaporte COVID y no restringen los derechos de los ciudadanos. La aprobación del certificado COVID sería una limitación que afectaría a un gran número de personas en la comunidad de Andalucía y no existe una razón que justifique tal limitación.