Las mascarillas han sido objeto de controversia, desde el minuto cero de inicio de la pandemia de coronavirus. La Organización Mundial de la Salud (OMS) dio marchas y contramarchas sobre su utilización, hasta que hoy existe un acuerdo de la comunidad científica sobre la importancia de su utilización en espacios de convivencia.

El 23 de abril pasado, el Ministerio de Industria y Comercio publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución Nro. 4651 que sostiene que “visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”, mediante el cual, teniendo en cuenta la situación de escasez de equipos de protección individual (EPI) sanitaria tanto para personal de la salud como personas comunes, aceptó como alternativas a los EPI con marcado CE europeo a las normas de otros países no europeos.

España sólo permitirá la venta de mascarillas de normativa europea

Esta disposición admitió normas distintas a las de la Comunidad Económica Europea durante el período de alarma, por lo que entraron cantidades de mascarillas fabricadas en distintos países, entre ellas las chinas KN95, pero el BOE puso como fecha de caducidad el próximo 30 de septiembre.

El cumplimiento de este procedimiento hará que no se puedan vender más las mascarillas de tipo KN95, a partir del 1 de octubre. Pero el BOE no sólo habla de estos equipos faciales, sino también otros tipos de protección sanitaria como guantes, oculares y descartables.

El BOE Nro. 4651 de abril pasado aceptaba, en época de plena escalada de la cantidad de víctimas por el Coronavirus y la necesidad de proveer tanto al personal sanitario como al ciudadano común, las mascarillas de disposiciones chinas (GB2626-2006), japonesas (Japan JMHLW-Notification 214, 2018), coreanas (KMOEL - 2017-64), australianas (AS/NZ 1716:2012) y norteamericanas (NIOSH-42CFR84), pero próximamente, ninguna de estas podrán ser vendidas al público, aceptándose solo los que tienen marcaje CE.

Las mascarillas KN95 que abandonan los escaparates españoles son de origen y norma china equivalente a la europea FFP2, según el Ministerio, pero tampoco podrán venderse las N95, R95 y P95 estadounidenses o las DS japonesas.

A partir de octubre, la norma aceptada por España para las mascarillas clasifica solo tres niveles de filtrado que son, en orden de rendimiento, las FFP1, FFP2 y FFP3.

Este tipo de mascarilla tiene su capacidad de filtración, que inicia en el 95 %.

Las mascarillas KN95 y otras más, ya no estarán a la venta en octubre

Es importante recordar que estos elementos sanitarios deben ser reservados, en la medida de lo posible, para el personal sanitario y para quienes padecen o tienen síntomas de coronavirus.

En la actualidad, hay otras soluciones para el ciudadano común en cuanto a protección y se recomiendan mascarillas de algodón, higiénicas y lavables, para cumplir con la obligatoriedad de su uso en la vía pública, el transporte o aquellos lugares donde no se puede conservar la distancia social recomendada. Al menos, hasta que se encuentre una vacuna.