El Gobierno ha aprobado nuevas ayudas para los autónomos para hacer frente a la crisis por el Coronavirus. Desde hoy, día 2 de julio, las susodichas ayudas ya entraron en vigor y se incluye, por primera vez, la compatibilidad de la actividad con el derecho a la prestación ordinaria por fin de actividad. Los autónomos se han visto seriamente afectados por el Estado de Alarma declarado el pasado 14 de marzo por culpa de la pandemia por el coronavirus, lo que obligó a que miles de negocios en toda España cerrasen sus puertas y que los ingresos cayeran en picado durante tres meses.
Por esa razón, el Gobierno ha decidido poner en disposición de los autónomos las nuevas ayudas que buscan sustituir a la prestación extraordinaria que fue habilitada por culpa de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
El coronavirus ha afectado seriamente la actividad de los trabajadores autónomos en nuestro país
Estas nuevas ayudas dirigidas a los autónomos se suman a la prórroga establecida hasta el próximo día 30 de septiembre de los ERTE (siglas de expedientes de regulación de empleo de manera temporal). Lo primero que hay que tener en cuenta es que serán tres los grupos de trabajadores autónomos que podrán beneficiarse de esta clase de ayudas: aquellos que, hoy en día, no han podido reactivar su actividad, los que sí han podido reiniciar su actividad pero que deben cumplir las medidas restrictivas por el coronavirus (por ejemplo, aforos más limitados) y autónomos estacionales que no se habían dado de alta en el régimen de autónomos en el momento en que se declaró el mencionado estado de alarma por la pandemia del coronavirus.
Después de su publicación el sábado pasado en el BOE (Boletín Oficial del Estado) estas ayudas entran en vigor, después de ser acordadas por el propio Gobierno y por las organizaciones de trabajadores autónomos Uatae, ATA y UPTA.
La exención de cuotas por culpa de la crisis por el coronavirus fue hasta este 30 de junio
Disminución de las cotizaciones sociales.
La exención de las cuotas de la Seguridad Social se prorroga para los autónomos que percibieron la prestación extraordinaria hasta el pasado 30 de junio. Incluso, ayer mismo la Seguridad Social abonó el último pago de la mencionada prestación extraordinaria a los casi 1,46 millones de trabajadores autónomos que se beneficiaron de esta ayuda, lo que implicó un coste de 1.138 millones de euros.
Con esta clase de ayuda, se redujo el pago de las cotizaciones sociales a lo largo de tres meses sin que sea necesario realizar trámites: no tendrán que pagar el mes de julio, tendrán una reducción del 50% del mes de agosto y, en el mes de septiembre, del 25%. Esto supone más de 500 euros de ahorro para cada uno de los autónomos.
Prestación ordinaria por pausa en la actividad. Los autónomos que siguen sufriendo las consecuencias del coronavirus en su actividad pueden acceder a esta prestación ordinaria por parón en su actividad. Se podrán beneficiar todos los autónomos que estén por debajo de la edad de jubilación y su facturación durante el tercer trimestre es un 75% menos que en el mismo trimestre del año anterior.
Eso sí, sus rendimientos netos a lo largo de ese período no va a poder superar la cuantía de 1,75 veces del Salario Mínimo Interprofesional del trimestre. Esto supone un beneficio mínimo de 930 euros mensual por empleado. Esta prestación durará hasta el día 30 de septiembre.
Por primera vez en la crisis por el coronavirus se incluye a los autonómos temporales
Autónomos durante una temporada al año. Por primera vez, los autónomos de temporada tendrán derecho a una serie de ayudas específicas. Son aquellos trabajadores que llevan a cabo una actividad muy determinada durante una época al año y el resto del año están de baja. Tendrán derecho a una prestación extraordinaria (70% de la base más exoneración de la cotización social). Esta solicitud se realizará en las mutuas que colaboran con la Seguridad Social y no será necesario cotizar un período de tiempo mínimo.