Madrid: más de 10.000 personas tomaron las calles. Pamplona: más de 35.000 hicieron lo propio en la última manifestación ante el caso de 'La Manada', según la Policía Municipal correspondiente... Pese a que las principales ciudades españolas ya han mostrado su indignación ante una condena que entienden injusta esto no ha quedado ahí. Se han traspasado las fronteras y en la misma América Latina o Europa (como en Francia) otras tantas mujeres han querido hacerse oír, han querido mostrar su solidaridad, han querido decir que ella (como representante de cualquier mujer) no está sola ni lo estará jamás y ahora es el turno de Alemania.

El 3 de mayo, de 18.00 a 21.00 horas, en Neuhauserstr. 8 todo aquel que quiera puede sumarse a esta lucha.

¿Por qué ha causado tanto revuelto este caso?

Nos tenemos que remontar a los hechos. El 7 de julio de 2016 (a eso de las 03:00 de la madrugada) cinco sujetos decidieron agredir sexualmente a una joven de por entonces 18 años en Pamplona. El 26 de abril de este 2018 se supo la condena a los acusados y la resolución fue de 9 años por abusos, que no por violación porque se consideró que hubo encerrona pero no violencia.

De acuerdo a los hechos probados (y tal y como están recogidos) se sabe que la joven se vio en la noche de autos rodeada por cinco varones en un lugar angosto y que “se sintió impresionada y sin capacidad de reacción” Fue esa misma circunstancia la que le hizo no saber reaccionar de otra manera y “adoptar actitud de sometimiento” tal y como han recogido en los informes.

Esa mujer se vio acorralada, sola, en un cinco contra uno donde la dijeron que se mantuviera callada y tuvo que soportar actos sexuales sin su consentimiento. De acuerdo a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ante la circunstancia que tuvo que vivir entró en un “estado de disociación y desconexión” mientras Jesús Escudero, José Ángel Prenda Martínez (quien no ha tenido reparos en declarar que la condena le parece excesiva), Ángel Boza Florido, Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena y A.M.G (un auto judicial prohíbe que se difunda hasta su nombre de pila por expreso deseo suyo) abusaban sexualmente de ella.

Después se fueron uno a uno, no sin antes haber grabado lo ocurrido para compartirlo en un grupo de Whattsap llamado 'La Manada' y en 'Disfrutones SFC'. Además, a ella la quitaron su teléfono móvil y le extrajeron la tarjeta SIM. Con toda esta información la sociedad ha salido a protestar a las calles al no entender como algo así no se considera violación y se han leído pancartas muy claras en las que se decía que “Si una se resiste, puede morir y sino hace nada, no es violación”

¿Fue abuso sexual o agresión sexual?

Nos remitimos a las leyes, tal y como aparecen recogidas en el artículo 181 del Código Penal en el que se aclara que el abuso sexual es un tipo penal pensado para sancionar a quien, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realiza actos que atenten contra la libertad sexual de otra persona.

En el caso de la agresión sexual (artículo 178 del Código Penal) hace referencia a atentados contra la libertad sexual de otra persona utilizando violencia o intimidación.

Con esto los jueces concluyeron que la denunciante se vio impedida a la hora de poder actuar libremente, sin prestar su consentimiento a ninguna circunstancia de material sexual sino que se vio “presionada por la situación” pero descartaron el empleo de la violencia o la intimidación.