Otro Día de la Constitución sin pena ni gloria, pero con ganas de reformar el texto que celebramos. Personalmente creo que esto es una pérdida de tiempo. A fin de cuentas, tal y como está, solo se cumple, como diría Julio Anguita, "para tener un rey", y habría que añadir, y para pagar la deuda antes que cualquier otro gasto, en virtud del artículo 135.

Por lo que a mí respecta, es decir, desde el punto de vista de mis intereses personales, puesto que los artículos que a mí más me interesan ni se cumplen ni se respetan (derecho al trabajo, la vivienda, etc.).

Y los que se cumplen y respetan me resultan inconvenientes (los arriba mencionados), la cuestión de reformar o no reformar la constitución es exactamente la misma cuestión, desde un punto de vista práctico y por tanto interesante, que la de cumplir o no cumplir la Constitución en su totalidad.

Tal vez podríamos "firmar" un pacto social, previo al pacto constitucional, en virtud del cual nos comprometemos a cumplir el resto de pactos sociales, incluida la Constitución de 1978. Ahora bien, esta especie de "metapacto" social no estaría excluido de ser incumplido, así que el problema se reproduce.

Seguramente, hay muchos tópicos acerca de una posible reforma constitucional. Asuntos como aclarar la cuestión de la laicidad del Estado, las autonomías, etc.

son algunos de ellos. Sin embargo, en mi opinión, la reforma más acuciante es una que garantice el cumplimiento del pacto constitucional en su totalidad por parte del Estado.

La Constitución de 1978 es muy bonita, como todas las demás. Es una carta de derechos de la segunda mitad del siglo XX y dice cosas maravillosas sobre España, la monarquía, los españoles y los seres humanos.

Sin embargo, no obliga legalmente al Gobierno a hacer efectivos los derechos que tienen los españoles según se recoge en los diversos y numerosos artículos del texto constitucional.

Una reforma sustancial de la Constitución del 78 no es una que se limita a nimiedades como las que suelen estar en boca de casi todos (salvo la derogación del artículo 135.

Eso no es ninguna nimiedad), sino aquella que obliga al cumplimiento total de la Constitución. Y su cumplimiento implica hacer efectivos los derechos que en ella se recogen, derechos como tener un trabajo digno y una vivienda igualmente digna, entre otros.