El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ha aprobado el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la Economía española.

Vaya por delante que la indexación es un mecanismo que consiste en vincular la evolución de un valor monetario a la de un índice de precios. Por ejemplo su salario al IPC anual, el precio de un bien, etc.

Vaya también por delante que la denominación de este Real Decreto es incorrecta, ya que no afecta a toda la economía española, ya les gustaría a los burócratas que nos gobiernan, afecta solo al ámbito y sector público, que ya es bastante grande y creciendo.

Esto ya se ha aplicado:

En el sistema eléctrico

El Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero, sustituyó el IPC por el IPC subyacente a impuestos constantes como método de actualización de las retribuciones reguladas en diversas actividades del sector eléctrico.

En los contratos públicos

la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, introdujo la prohibición del establecimiento de sistemas de revisión basados en índices generales para contratos del sector público.

En las pensiones

La Ley 23/2013, de 23 de diciembre, modificó el régimen de revalorización periódica de las pensiones, desligándolo de la evolución del IPC y vinculándolo a diversos parámetros económicos relacionados con la sostenibilidad del sistema.

En el sector del gas

La Ley 18/2014, de 15 de octubre, eliminó los sistemas de revisión automática de valores y parámetros retributivos en el sector del gas.

Este Real Decreto es el desarrollo reglamentario y persigue la creación de un régimen general basado en el principio de no indexación en el ámbito público.

Este nuevo régimen pretende crear las condiciones para un sistema de precios que refleje apropiadamente la información de mercado (costes y demanda), no produzca sesgos inflacionistas y evite la generación de persistencia o inercias en la inflación. Todo ello con el objetivo de generar mejoras de eficiencia en los mecanismos de formación de precios, como medio para impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo

El sabio legislador nos informa de que: "En todo caso, los regímenes de revisión serán diseñados para que sean simétricos al alza o a la baja.

Esto es, se traducirán en incrementos en los valores monetarios a revisar si los costes aumentan y en decrementos si los costes disminuyen."

Esta frase no puede provocar más que la risa de los administrados. Todos conocemos el ansía europeísta por tener y mantener una inflación del 2 %, y que si en algún momento se producen episodios deflacionistas, toda la artillería de la UE sale en apoyo del crecimiento de los índices de precios, no hay más que vigilar el comportamiento del Banco Central Europeo.

Por lo tanto el auténtico espíritu del legislador no es permitir que haya más mercado y que los actores económicos pacten y se entiendan, lo que pretende el legislador es una mayor intervención en los mercados y un menor grado de libertad, en suma, tendremos una Economía menos libre, más intervenida, menos robusta y más dependiente de los políticos, por lo tanto más alejada del libre mercado y más corrompible.