La Audiencia Provincial de Lugo ha absuelto por falta de pruebas a Manuel Juan Vilariño, el único acusado del doble crimen del Cash Récord. Los hechos ocurrieron el 30 de abril de 1994 en el polígono de O Ceao donde fallecieron tras ser tiroteados un reponedor del negocio y una cajera. El tribunal afirmó que no había una prueba suficiente que situara al sospechoso en el lugar durante la noche del suceso.

Las sospechas no llegan a indicios según los magistrados

Los magistrados han explicado que las pruebas sobre la presunta autoría de los hechos por parte de Manuel Juan Vilariño no llegaban a la condición de indicios.

Incluso han remarcado que ni siquiera en su conjunto podían apuntar “de manera indubitada” como lo exigía una decisión judicial para presentar al sospecho como el autor de los hechos.

En la decisión judicial explican que ninguna prueba o indicio colocaba al hombre en el polígono de O Ceao durante la noche del 30 de mayo de 1994. En la sentencia remarcaron que no se estaba juzgando el tipo de vida que llevaba la persona procesada y si había estado de espaldas a la ley.

La sentencia subraya que solo se estaba juzgando si Manuel Juan Vilariño había sido el autor de los hechos donde perdieron la vida dos personas y si posteriormente había sustraído una cantidad próxima a 3.777.026 pesetas de la recaudación.

Por otro lado, la decisión judicial no es firme y las partes pueden presentar un recurso de casación ante el Supremo.

La hermana de una de las víctimas recurrirá la decisión

Isabel López, hermana de una de las víctimas reveló que recurrirá la decisión de la Audiencia Provincial de Lugo. Asimismo aseguró que no quería que decayera el ánimo en las familias de las víctimas porque iban a luchar hasta el final.

La entrevistada sostuvo que estaban muy seguros de que tenían la razón en el caso. En ese sentido, el juzgado ha reconocido el trabajo “encomiable” de la acusación particular.

El fallo desgrana algunos detalles del crimen

En el fallo han subrayado que los miembros de la seguridad del Estado que participaron en la investigación del crimen determinaron que la persona que accedió al Cash Récord en Lugo era “un cliente habitual”.

Por eso, Manuel Juan Vilariño fue arrestado, ya que reunía la condición porque le fueron incautadas muchas facturas del establecimiento. Aunque los hosteleros también reunían esa condición.

Sin embargo, la Sala recordó que existía un indicio que apuntaría a la presunta autoría del proceso en el crimen de 1994. El testimonio de un testigo que declaró unos meses después del suceso que Juan Manuel Vilariño presuntamente le habría ofrecido participar en el robo al Cash Récord de Lugo.

Pero la Sala afirmó que la veracidad del testimonio no podía mantenerse como consecuencia de la información a través de los medios de comunicación del suceso en el polígono, aunque al proceso le fueron incautadas varias armas, el tribunal determinó que esa condición no era un indicio de su intervención en el crimen.