Este martes 11 de mayo se hacen efectivas las nuevas restricciones de velocidad en las calles madrileñas dependiendo del tipo de vía, las que sean de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h; para las vías que sean de un solo carril por sentido de circulación el límite será de 30 km/h; y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite continuará siendo de 50 km/h. La medida no tomará en cuenta los carriles que son exclusivos para ciertos usuarios y al transporte público.

Estos cambios fueron presentados por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska acompañado del alcalde de Valladolid, Oscar Puente.

El ministro explicó que en el año 2019 murieron aproximadamente 519 personas, siendo la mayoría personas que son parte de grupos vulnerables, como peatones, motoristas y ciclistas.

Con respecto a la aceptación de los conductores por esta medida, según los datos recogidos en el Barómetro Fesvial de Seguridad Vial y Movilidad que evalúa y recoge la opinión de estos ante diferentes medidas viales, arrojó que la mayoría de conductores tienen una aceptación baja con la nueva normativa, llegando a alcanzar el grado de inconformidad del 30%; respecto a estar de acuerdo con la medida, se ha reducido del 51% en 2020 al 43,2% en 2021, mientras que las personas se mantienen indiferentes en torno al 26%.

Las sanciones pueden conllevar cárcel

No cumplir el nuevo límite de velocidad puede suponer una multa de entre 100 y 600 euros, la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir y en los casos más graves, el conductor puede ir a la cárcel.

En el caso de exceder la velocidad en los carriles donde el máximo es de 30 km/h, costará 100 euros si no sobrepasan los 50 km/h; en ese caso, le costará al infractor 300 euros de multa y perderá dos puntos del carnet si el infractor no supera los 60 km/h.

Se considerarán infracciones graves cuando el conductor vaya a una velocidad de entre 61 y 70 km/h, lo que llevará a una penalización de 400 euros y perder cuatro puntos.

Tener una velocidad de entre 71 y 80 km/h se castigará con una sanción de 500 euros y la pérdida de seis puntos. Por su parte, las más graves son aquellas donde se superen los 50 km/h de la velocidad permitida en una calle limitada a 30 km/h, que llevará a pagar 600 euros de multa y perder seis puntos del carnet.

Superar en 60 km/h la velocidad permitida en zonas urbanas puede pagarse con una condena de cárcel que vaya desde los 3 a 6 meses, con la de multa de seis a doce meses o trabajos comunitarios de treinta y uno a noventa días. En todos estos casos, la persona no podrá conducir vehículos a motor y ciclomotores en un periodo de entre uno y cuatro años.

La medida busca reducir las muertes por accidentes de tráfico

Estas medidas están impulsadas por datos y estudios que revelan que al reducir la velocidad se disminuye el riesgo de que un accidente vial termine en tragedia, además de reducir los niveles de contaminación acústica. Los estudios indicarían que cuando una persona es atropellada a 50 km/h el riesgo de que fallezca es del 90 %, mientras que cuando ocurre a una velocidad de a 30 km/h, fallece el 10%, así lo comunicó el director general de Tráfico, Pere Navarro.