A partir del 21 de junio, cuando termine el estado de alarma y comience a regir la "nueva normalidad", se podrá salir a correr, caminar o andar en bicicleta sin usar mascarilla. Así lo dispuso el Gobierno Nacional y quedó establecido en el Boletín Oficial de Estado (BOE), publicado hoy miércoles 10 de junio.

Esta medida es una de tantas incluidas en el real decreto que dispone reglas para el uso de mascarillas, condiciones sanitarias para la vuelta al trabajo, límite de precios y otros temas vitales para la población. Todo lo dispuesto por el Gobierno regirá desde el 21 de junio y hasta que se cuente con una vacuna o medicamento para el Coronavirus.

Uso de mascarilla obligatoria en transportes

Según 20 Minutos, la única actividad en la cual será posible andar por la calle sin mascarilla es la práctica deportiva en solitario y al aire libre. Para todas las demás actividades regirá la obligatoriedad del uso de mascarilla, especialmente cuando no se pueda mantener la distancia social recomendada de 1,5 metros.

Esta medida, junto con la de higiene de manos, regirán para todos los transportes (autobús, avión, tren, barco), la vía pública y en lugares cerrados donde haya tránsito de público, así como en espacios abiertos. Quienes no cumplan con esta norma serán sancionados con una multa de hasta 100 euros.

Según el medio citado, quedarán exceptuados los niños de hasta 6 años y las personas que presenten Enfermedades respiratorias.

Y aunque parezca obvio, la mascarilla no será obligatoria al realizar actividades como comer o beber.

Regreso progresivo a los puestos de trabajo presenciales

Por otra parte, y según cita El Diario, se dispone también que los trabajadores deben volver de forma gradual a tomar sus puestos de manera presencial, siempre que las empresas dispongan distancias de 1,5 metros entre escritorios, y acceso a materiales de protección e higiene.

De todos modos, también se establece una potenciación del uso del teletrabajo, siempre y cuando sea posible.

En cuanto al transporte, el BOE establece que los servicios ferroviario y por carretera deberán ajustarse a la evolución de la demanda y responder como sea necesario, aumentando las frecuencias. El decreto del Gobierno también indica que los operadores de transporte aéreo y terrestre interprovincial deben conservar la información de contacto del pasaje por un mínimo de 4 semanas.

Límite de precio a productos necesarios para la salud

Según 20 Minutos, el decreto indica también que habrá un límite de precio a todos aquellos productos no sujetos a prescripción médica, que sean "necesarios para la protección de la salud". El tope de precio será establecido por la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos.

Por otra parte, el Gobierno ha establecido que habrá devolución de dinero por bienes o servicios que no se hayan podido disfrutar por efectos de la pandemia. El escrito indica que "las propuestas de revisión podrán abarcar el ofrecimiento de bonos o vales sustitutorios al reembolso".