Ante la posibilidad de que la crisis del Coronavirus se alargue en el tiempo y se registre un nuevo rebrote, el Gobierno ha decidido apostar por el hecho de que las mascarillas seguirán siendo de uso obligatorio, cuando se decrete el fin del Estado de Alarma.

El decreto, que se está preparando para la nueva normalidad, incluye multas que podrían llegar a los 100 euros, para aquellas personas que no lleven la mascarilla en lugares públicos y cerrados. Esta noticia deja claro que las mascarillas han llegado para quedarse y convertirse en un elemento más en el día a día.

No solo son un objeto obligatorio ahora, también cuando el Estado de Alarma deje de estar en vigor y la gente empiece a considerarla como “nueva normalidad”, hasta que el Gobierno dé por finalizada por completo la actual crisis provocada por el COVID-19.

El decreto establecerá las medidas en la 'nueva normalidad' para evitar un rebrote del coronavirus

El borrador de este nuevo decreto establecerá la “nueva normalidad”, que el Ejecutivo está negociando con todas y cada una de las comunidades autónomas y que tiene previsto que el Consejo de Ministros llevará a cabo la aprobación este mismo martes.

Este mencionado decreto fija esa obligatoriedad del uso de las mascarillas, sin que exista una fecha final ya fijada en los lugares públicos y cerrados, siempre y cuando, no se pueda respetar la distancia de entre 1,5 y 2 metros (la norma establecida más importante para evitar el aumento de los contagios del coronavirus), además de multas que podrían llegar hasta los 100 euros por no utilizarla.

Eso sí, en este decreto se dejaría abierta la opción de regularlas en aquellas zonas que estén al aire libre, sin que nada esté fijado por el momento.

Este borrador marca las líneas más generales, pero ahora este documento pasará a todas y cada una de las comunidades autónomas y serán estas las que entren a marcar los detalles.

Pero sí hay ciertos puntos que ya son cuestiones claras como son el uso de la mascarillas, la distancia obligatoria que se tendrá que respetar en los puestos de trabajo o su exigencia en las compañías aéreas (que están a punto de reactivar sus servicios) y de transporte por vía terrestre. Además de la obligatoriedad de guardar durante un período de un mes los datos de los pasajeros y su número de asiento para identificarlos y avisarles en caso de que algún viajero de positivo en coronavirus, durante un trayecto en autobús o un viaje por avión.

En el decreto se establecen una serie de medidas ante el coronavirus

Por otro lado, se exige a las comunidades autónomas que de garantías en la capacidad de camas y en la realización de los tan importantes test PCR. El sistema sanitario tiene que garantizar la capacidad de hacer frente a un aumento de la transmisión y con ello, un alza en el número de positivos en coronavirus.

Para ello, las comunidades autónomas tendrán que tener un acceso o capacidad real de instalar en un plazo inferior a cinco días una cantidad de entre 1,5-2 camas de UCI por una cifra de 100.000 personas, y de entre 37-40 camas para pacientes, que estén enfermas graves por cada 10.000 personas.

El decreto marca la obligatoriedad de la mascarilla en los transporte públicos para evitar el contagio por coronavirus

En el decreto queda fijada la obligatoriedad del empleo de la mascarilla para evitar contagios por coronavirus en cualquier espacio que sea cerrado y cuyo uso sea público o que esté abierto al mismo, siempre que no sea posible mantener la distancia de seguridad entre personas de entre 1,5 a 2 metros.

Por ejemplo, será obligatorio su uso en medios de transporte marítimo, aéreo, ferrocarril o autobús, así como en algunos transportes de viajeros que sean privados (vehículos de hasta un máximo de nueve plazas, donde se incluya al conductor). Pero, en el caso de las embarcaciones o buques, siempre que se esté dentro de los camarotes, no será obligatorio el empleo de mascarilla.