Malas noticias para Mediaset. El grupo audiovisual ha sido sancionado por la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y las Competencias) por lo que consideran infracciones en la emisión de contenidos inapropiados en horario protegido y por la emisión de comunicaciones comerciales encubiertas.

Las dos infracciones graves que denuncia la CNMC sobre Mediaset

En el primer caso la sanción, que asciende a 373.002 euros, deriva de la revelación de dos infracciones administrativas graves que tuvieron lugar el 15 de abril del año paso durante la emisión de 'Sálvame Naranja', espacio que cuenta con una calificación NR7.

Y es que, a pesar de tratarse de un horario de protección reforzada, el programa presentado por Jorge Javier Vázquez emitió contenidos audiovisuales con imágenes y vídeos que la CNMC considera "inadecuados para los menores de 12 años" llegando, incluso, a "resultar perjudiciales para su desarrollo físico, mental o moral". Una situación que llevaría a incumplir lo recogido en los artículos 7.2 y 7.6 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Entre los contenidos excesivos que el programa decidió emitir se encuentran, no solo su constante tratamiento de Rocío Carrasco cuando intentó quitarse la vida, sino también la agresión sufrida por Omar Montes, mostrando el resultado de su rostro tras la paliza, y la comunicación comercial de una clínica de cirugía estética, especializada en cirugías de pecho.

La segunda sanción de la CNMC a Mediaset, fijada en 301.356 euros, tiene que ver con dos infracciones administrativas graves que tuvieron lugar durante las emisiones de 'Sálvame Naranja' y 'Sálvame Deluxe', el 23 de abril y el 1 de mayo de 2021. En esta ocasión, el incumplimiento deriva de la publicidad encubierta que el programa hizo de los productos de la empresa de Belén Esteban, Los sabores de la Esteban S.L..

Unas comunicaciones comerciales con las que el espacio vulneró el artículo 18.2 de la misma Ley General de Comunicación Audiovisual.

Y es que, tal y como recuerda la CNMC, la publicidad encubierta se encuentra prohibida por la ley por ser "apta para inducir a error en los destinatarios a los que se dirige", pues se trata de ocultar su mensaje publicitario dando la apariencia de contenido informativo, "aparentemente objetivo y ajeno a los intereses propios del titular del bien o servicio publicitado".

La multa ha sido reducida por el pago adelantado de Mediaset

Tras dar a conocer las dos infracciones, la CNMC también ha informado que la multa a Mediaset ha sido reducida por pronto pago, habiendo abonado ya los 180.813,60 euros correspondientes, tras la reducción acumulada del 40%. A pesar de ya haber afrontado la infracción, el grupo audiovisual cuenta con dos meses, desde el día siguiente de su notificación, para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.