Según la normativa vigente actual, los canales que emiten en la TDT y muy en especial los programas de comunicación audiovisual deben regirse por unas normas muy restrictivas en lo que a menores de edad se refiere. Por este motivo, Mediaset ha sido multada con una cifra estratosférica.

No cumplir con los horarios protegidos es una infracción de carácter grave

La comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, según sus siglas, CNMC, ha procedido a sancionar a Mediaset porque según parece ha emitido contenido no adecuado y mal calificado en horario de protección de los menores de edad.

Y por este motivo, Telecinco tendrá que pagar cerca de medio millón de euros por el error cometido.

Se ha conocido que la CNMC ha sancionado a Mediaset con 521.003 euros. A este importe hay que sumarle el importe de otras tres infracciones que cometió la misma compañía. Los importes de las sanciones anteriores son de 200.001 euros, 161.001 euros y 160.001 euros. Todas ellas son consideradas infracciones de carácter administrativo grave.

Detalle de las sanciones cometidas hasta el momento por Mediaset

El pasado 8 de abril, mientras se emitía el programa "Sálvame Limón" y "Sálvame Naranja", los contenidos que mostraban y la temática a la que hacían referencia eran totalmente inapropiados para aquellos menores de 16 años.

Además, se considera que estas imágenes pueden ser muy perjudiciales para su desarrollo físico y mental, además de atentar contra la moral. La CNMC indica que se evidenciaron conflictos emocionales y experiencias capaces de causar traumas irreversibles.

El pleno y total cumplimiento de la Ley es protegido por la CNMC

Cabe destacar que la CNMC es quien se encarga de que las emisiones de Televisión respeten los derechos de los menores de edad.

De esta manera, vela porque se cumpla con lo indicado en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (Ley 7/2010). Esta ley expresa claramente que la imagen y voz de los menores no se utilicen en los servicios de comunicación sin el pleno consentimiento del representante legal. Tampoco se permite la difusión de datos de carácter personal como nombre, imagen o cualquier otro dato que permita identificar al menor.

Además, se prohíbe la emisión de contenidos audiovisuales que perjudiquen el íntegro desarrollo del menor.

Finalmente, se explica que todo aquel contenido susceptible de dañar el desarrollo mental, físico o moral de los menores de edad solo podrá emitirse entre las 22.00 horas y las 06.00horas. Además, de 08.00h a 09.00h, de 17.00h a 20.00h y de 09.00h a 12.00h (fin de semana y festivos), serán consideradas franjas de protección reforzada en las se podrá emitir contenido que no sea para mayores de 12 años. Algo que Mediaset habría incumplido en repetidas ocasiones.