Me gustaría hacerle una pregunta sencilla. Si usted fuese un juez o jueza perteneciente a la Corte Suprema (con la seriedad y responsabilidad que implica pertenecer al tribunal más alto de los palacios de Justicia de la nación), y llegara a sus manos un caso de cuasi femicidio, donde la pareja masculina golpea brutalmente a la mujer rompiéndole cabeza y dentadura a patadas y puñetazos, le arranca literalmente los ojos y la deja tirada en la calle, moribunda, en pleno invierno en uno de los lugares más fríos y climáticamente rudos de la tierra, y posteriormente es ingresada de urgencia a un hospital público con respiración artificial, ¿qué haría?

Condenarlo, claramente ¿no? Ahora bien. Si la defensa presenta un recurso para rebajarle la condena, y usted aprueba rebajar dicha condena de veintiséis a dieciocho años de prisión, ¿qué argumentaría? ¿que no quedó cabalmente acreditado por la secuencia de los hechos que hubo intención de matar?

Fue lo que ha sucedido el pasado 11 de julio en los tribunales de justicia chilenos y el caso es el de Nabila Rifo, una joven de 28 años, madre de 4 niños, que el 14 de mayo de 2016 fue agredida brutalmente por su pareja, Mauricio Ortega Ruiz en la ciudad de Coyhaique, uno de los lugares más australes de la Patagonia y del mundo.

La Corte Suprema de Justicia desestimó el delito de femicidio frustrado y rebajó la condena que pesa sobre Ortega Ruiz, a quien el Tribunal Oral de Coyhaique declaró culpable por la inhumana agresión que sufrió Nabila Rifo y por la cual perdió sus ojos.

Increíblemente, entre los magistrados que dictaron la sentencia, no existía ninguna mujer. Se compuso de los jueces Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm.

La sala penal recalificó dicho delito a uno de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar por 4 votos contra uno. El magistrado Milton Juica, famoso por ser ministro en visita del caso "Degollados" sobre el secuestro y asesinato de tres miembros del Partido Comunista de chile por parte de Carabineros de Chile (la policía nacional) durante la dictadura militar de Augusto Pinochet, fue el único que se opuso a rebajar la pena a Ortega Ruiz, al considerar que si existía intención de dolo.

¿Es aceptable una rebaja de condena como en el caso de Nabila Rifo para el agresor por parte de la justicia? ¿Acaso no sugeriría cierta posibilidad de indulto para cualquier agresor, por muy brutal y atroz que fuera su golpiza contra una mujer? O, ¿sentaría un referente para que muchas mujeres que hoy son golpeadas por sus parejas ocultándolo en silencio y verguenza, no se atrevieran jamás a decirlo?

¿Piensa en estas cosas un magistrado, o debería pensarlas? La reacción del gobierno, de la familia de Rifo y de toda la sociedad chilena de forma transversal ha sido unánime por el fallo: indignante.

En lo que va del año 2017, según cifras del Ministerio de la Mujer, se han registrado 24 femicidios consumados y 50 femicidios frustrados en Chile, como en el caso de Nabila Rifo. Las penas para quienes cometen femicidio van desde los 15 años y un día de cárcel hasta cadena perpetua. Es la forma más extrema de violencia contra las mujeres y es una muestra clara de que en nuestras sociedades todavía se cree que los hombres tienen derecho a controlar la libertad y la vida de las mujeres. El caso de Nabila Rifo, ciertamente abre un abismo en el rol de la justicia para la protección efectiva de las mujeres en el país latinoamericano.

Resulta difícil entender este fallo, y gracias al actuar de Suprema Corte, preocupa el hecho que mujeres maltratadas desistan de hacer denuncias. Espero que la reacción pública de todo el país de rechazo a este fallo, provoque justamente todo lo contrario.