Este jueves 5 de julio, el primer mandatario de Chile, Sebastián Piñera, suscribió un proyecto de ley de "Integridad Pública" para su país. El instrumento legal tiene como objetivo fundamental, regular el ingreso a cargos de la administración pública de los familiares y parientes de las autoridades del Estado. Esto tiene la intención de evitar conflictos de intereses entre los funcionarios de instituciones del Estado chileno. Se trata de una especie de ley contra en nepotismo.

La opinión del Mandatario

Según Piñera, la integridad pública es fundamental, y que por ello su Gobierno desea contar con funcionarios públicos honestos, comprometidos y capaces.

El presidente chileno, agregó que no desean funcionarios que lleguen a los cargos a servirse a sí mismos y que funcionen a través del amiguismo.

Piñera asegura que su Gobierno quiere decirle sí al mérito, a la responsabilidad en la función pública y al compromiso, y quiere decirle no a la corrupción, a la incompetencia en el servicio público y al abuso de poder.

Los objetivos de la nueva Ley

Uno de los objetivos fundamentales del proyecto de ley, es fortalecer las normas de probidad de los legisladores chilenos. A través de este instrumento legal se prohíbe que quienes ejerzan cargos legislativos contraten a su cónyuge, concubino o a sus parientes hasta el tercer grado por consanguinidad y hasta segundo grado por afinidad en los servicios de Congreso Nacional.

Esta limitación incluye al contralor y al subcontralor, así como también a otros funcionarios de alta gerencia en la Contraloría General de la República de Chile.

Esta Ley viene a regular y controlar diversos elementos que pudieran favorecer el nepotismo dentro de las instituciones del Estado Chileno. Para ello, antes de formalizar la contratación de un personal, se solicitará una evaluación previa del aspirante ante los registros del Servicio civil.

Esto para detectar algún tipo de afinidad con funcionarios del Estado como ministros, delegados presidenciales regionales y provinciales, subsecretarios ministeriales, y gobernadores.

La norma también aplicará para quienes ocupen cargos como secretarios regionales de los ministerios, jefes superiores de servicio, alcaldes, embajadores, diputados y senadores. La ley además, tiene como objetivo regular las incompatibilidades e inhabilidades en el ejercicio de la función pública.