Tras la aprobación hace unos meses del nuevo estatuto por la Asamblea de la República, el pasado 1 de mayo de 2017 se hacía efectivo el nuevo marco legal que proporciona custodia compartida para los animales "de compañía" en Portugal.

La Justicia ahora determinará quién tiene la custodia del animal tras un divorcio y si deberá recibir una pensión de la ex pareja para su manutención (gastos veterinarios y alimentación). Los legisladores deberán abordar multitud de incógnitas que se presentan en torno a la nueva legislación, especialmente en los casos en los que no exista un acuerdo en el divorcio.

¿Qué ocurrirá después de la separación si ninguna de las dos partes quiere hacerse cargo del animal?

Gracias a esta modificación del Código Civil, que fue propuesta inicialmente por PAN (Personas, animales, naturaleza), Partido Social Demócrata, Partidos Socialista y Bloque de Izquierdas, los animales dejan de ser considerados "cosas" en el país luso y ya se les reconoce como "seres vivos dotados de sensibilidad y objeto de protección jurídica". Además, desde el año pasado los gastos veterinarios han pasado a ser deducibles de la declaración de la renta.

Los tribunales de familia ahora incluyen a los animales en las decisiones sobre con quién estará mejor atendido en función del tiempo del que disponga cada una de las partes para cuidarlo o cuál es la casa más apropiada para que viva.

En este país el número de animales es de siete millones frente a 1,5 millones de niños. El Partido Animalista portugués ya logró la prohibición de sacrificar animales abandonados. En este caso, la nueva ley entrará en vigor 2018.

En España, el Partido Animmalista PACMA que pese a contar con 283.702 votos (Congreso), no tiene representación, continua trabajando para conseguir una mayor protección de los animales en todo el país.Tal y como explica en su página web, en nuestro país "no existe una ley marco de protección animal a nivel estatal que armonice las distintas leyes autonómicas".

De este modo, lo que está prohibido en una Comunidad, está permitido en otra y algunos municipios también poseen su propia ordenanza en materia de protección animal.

Asimismo, señala que la nueva redacción del artículo 337 del Código Penal, que recoge que los casos de maltrato animal en España son considerados delito, continua siendo insuficiente y no cumple una función disuasoria en este tipo de delitos.