La AGA (patronal del agua de grifo) ha enviado una carta a la vicepresidenta del Gobierno, Teresa Ribera, en la que explica que blindar el abastecimiento va a suponer una invitación al impago de este servicio, de manera indiscriminada, sin tener en cuenta la situación económica del usuario, lo que significa un riesgo real de insolvencia para los operadores, que se encargan del ciclo urbano de este recurso que es básico. O sea, la patronal ha pedido al Gobierno que se permita cortar este suministro básico a las familias (algo establecido como medida social para hacer frente a la crisis social por el Coronavirus).

La polémica carta iba dirigida a la Ministra de Medioambiente, Teresa Ribera

AGA quiere tener libertad para cortar este suministro a las familias que no paguen las facturas durante la pandemia y así ha enviado una carta al Gobierno, después de que este decidiera blindar por Ley este tipo de suministros, durante el tiempo que se mantenga el Estado de Alarma.

Esta petición - tan polémica - se realizó a través de una carta enviada a Teresa Ribera, vicepresidenta del área de Transición Ecológica, en la que no han dudado en criticar las medidas incluidas en el “escudo social”. Se incluyó el susodicho blindaje de este servicio básico, aprobado en el decreto firmado por parte del Gobierno el pasado 18 de marzo, junto con el gas y la electricidad para las familias que forman parte de colectivos vulnerables en una regulación completada tan solo dos días después, en el decreto aprobado el 31 de marzo.

La AGA no está de acuerdo con las medidas establecidas por el Gobierno

La primera de las mencionadas normas indica que no se pueden suspender los suministros de agua, energía eléctrica y gas natural a aquellos usuarios que tengan condición de vulnerabilidad, vulnerabilidad severa o que están en riesgo de quedarse excluidos socialmente.

La segunda Ley matizaba que, a lo largo del estado de alarma, esos cortes solo se podrán realizar por una serie de motivos muy determinados como son: la seguridad de las instalaciones, del propio suministro o de las personas. Este período de excepción no va a computar a efectos de los plazos de requerimiento de pago fehaciente y la suspensión del servicio por falta de pago, que están establecidos por la normativa vigente o por los contratos firmados de suministros, según el caso del usuario.

La medida solo incluirá a las personas físicas y a los domicilios principales, lo que abarcaría al abastecimiento de la electricidad, productos que sean derivados del petróleo (como pueden ser el gas licuado) y el gas natural.

AGA es la asociación que representa a las entidades y compañías (privadas, públicas o mixtas), que llevan a cabo la operación de los servicios de agua a nivel urbano en España.