El cantante Joaquín Sabina tendrá que pagar 2,5 millones de euros por derechos de autor en concepto de impuestos por el IRPF. El Supremo no ha admitido un recurso interpuesto por el artista contra la sentencia de la Audiencia Nacional que decretó que debía pagar esa misma cantidad. El intérprete no puede presentar ningún recurso contra la decisión del alto tribunal.
Joaquín Sabina intentó desmontar la sentencia de la Audiencia Nacional
El año pasado, la Audiencia Nacional determinó que Joaquín Sabina debía pagar los 2,5 millones de euros. La Justicia le había dado la razón a Hacienda tras el recurso del músico.
Por eso, el cantante decidió acudir al Tribunal Supremo para intentar que el alto tribunal enmendara la última decisión judicial.
El de Úbeda y sus familiares eran socios de tres empresas con las que administraban sus derechos de autor y varias propiedades en Madrid y Rota. Hacienda logró determinar que las tres sociedades generaron más de 12 millones de euros durante al menos tres años. Según la Agencia Tributaria, todos los ingresos tenían una relación directa con Joaquín Sabina mediante el cobro de derechos de autor que habían sido cedidos a las compañías.
El artista alegó que no tenía relación con las empresas
El intérprete de ‘Y Nos Dieron las Diez’ intentó defenderse alegando que no tenía ninguna relación con las tres empresas, aunque la Audiencia Nacional citó sentencias del Tribunal Superior de Madrid que rechazaron el argumento del cantante.
En la liquidación, Hacienda decidió incrementar la base imponible del IRPF al músico. La Agencia Tributaria sostuvo que Joaquín Sabina había pagado menos tributos con compañías mediante el impuesto de sociedades.
El músico cedió los derechos de sus obras a dos compañías
Según ha trascendido, el cantante cedió los derechos de sus obras y de las que compusiera en el futuro a dos de las compañías.
En sus declaraciones tributarias, el artista afirmaba que por esta cesión no se beneficiaba económicamente. Sin embargo, en la regularización fiscal determinaron que los servicios prestados por Joaquín Sabina a la empresa eran un gasto que se encontraba relacionado con los ingresos. En ese contexto, la Agencia Tributaria determinó que era deducible de la cuenta de resultados de la compañía.
Ahora el Tribunal Supremo sostiene que el asunto había sido resuelto en la jurisprudencia del alto tribunal respecto a las cuestiones planteadas por Joaquín Sabina. Cabe destacar que el cantante intentó rechazar el argumento de la Agencia Tributaria en la liquidación de los ejercicios fiscales durante los años 2008, 2009 y 2010.