Irene Montero, Ministra de Igualdad en funciones, ha pagado 18.000 euros por llamar maltratador a Rafael Marcos, exmarido de María Sevilla. No obstante, la Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo suspender la ejecución del resto de la decisión judicial que incluye la difusión de la sentencia a través de las redes sociales de la dirigente de Podemos hasta que el Tribunal Constitucional resuelva un recurso de amparo que la política ha interpuesto.
La Justicia condenó a Irene Montero por daño moral
El pasado mes de junio, la Justicia condenó a Irene Montero por daño moral a Rafael Marcos tras llamarlo maltratador durante la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres.
En ese momento, la ministra de Igualdad afirmó que “las mujeres protectoras” sufrían de forma injusta y que en algunos casos se vulneraban sus derechos a pesar de que solo estaban defendiéndose a sí mismas y a sus hijos ante la violencia de género.
Rafael Marcos denunció que la Ministra de Igualdad lanzó estas declaraciones en mayo del año pasado tras salir a la luz que el Gobierno había indultado parcialmente a María Sevilla. En 2020, la expresidenta de Infancia Libre había sido condenada a dos años y cuatro meses en la cárcel y a la pérdida de patria potestad por el delito de sustracción de menores de su hijo. El juez determinó que la mujer no permitía que el progenitor se acercara al niño.
El Gobierno rebajó la pena a dos años de cárcel. Por eso, la expresidenta de Infancia Libre no iba a tener que permanecer en un recinto penitenciario. Por otro lado, el Ejecutivo conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo comunitario.
Las palabras de Irene Montero fueron ‘preparadas’, según la Justicia
El Tribunal Supremo determinó que las palabras de Irene Montero en el acto fueron “preparadas” y añadió que fueron compartidas en las redes sociales de la dirigente de la formación morada.
Por eso, la Justicia llegó a la conclusión de que “no podía desconocer” que “los destinatarios” iban a asociar a María Sevilla con la condición de víctima de violencia machista.
El alto tribunal justificó su decisión
El Supremo también explicó que atribuir a una persona la condición de “maltratadora” de forma “infundada” atentaba contra su reputación.
El alto tribunal recordó que no había ninguna resolución que acreditara la acusación de la Ministra de Igualdad. Desde el Tribunal Supremo afirmaron que el Gobierno acordó indultar parcialmente a María Sevilla alegando que era una progenitora protectora que solo estaba defendiendo a su hijo de la violencia machista.
Desde el Tribunal Supremo han reiterado que ninguna resolución permitía concluir que Rafael Marcos era autor de episodios de violencia machista, ni autor de abusos íntimos a su propio hijo. El tribunal también explica que el “honor” era un derecho fundamental que protege frente a atentados a la reputación de una persona.