Los ciudadanos de más de 16 años podrán cambiar a partir del jueves de esta semana su nombre completo y su sexo en la sede del Registro Civil sin necesidad de presentar requisitos. Para efectuar este trámite solamente se necesita el deseo expreso de quienes lo soliciten, gracias a la entrada en vigor de la nueva Ley Trans. Este texto jurídico fue aprobado hace, al menos, dos semanas en el Congreso tras una votación que arrojó 191 votos a favor, 91 abstenciones y 60 en contra, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, BOE:

No se requieren pruebas o testigos para cambiar el sexo

De manera que a partir del jueves de esta semana quienes deseen realizar este trámite podrán solicitar un cambio por escrito en el registro y no será necesario presentar pruebas, ni testigos.

Sin embargo, esta es una decisión que deberá ser ratificada de parte del solicitante solo tres meses después y la Administración tendrá solo un mes de plazo. En resumen, se calcula que este trámite legal tendrá un tiempo de duración máximo de cuatro meses.

Con la entrada en vigencia de este nuevo texto jurídico se ha modificado el texto legal que fue aprobado en el año 2007 durante el mandado presidencial de José Luis Zapatero. En la antigua ley se le exigía al solicitante, al menos, dos años de un proceso de hormonación, más un diagnóstico clínico que avalara que el solicitante realmente padecía de disforia de género.

Gracias a la aprobación de esta nueva ley, los jóvenes entre 14 y 16 años también podrán modificar su nombre y su sexo, sin embargo, para ello requerirán del consentimiento de sus padres o tutores.

No obstante, si el menor no cuenta con el consentimiento de sus padres se podrá nombrar un defensor judicial con el propósito de solucionar el conflicto.

Los niños entre 12 y 14 años pueden modificar su género con el consentimiento de sus padres

Por otra parte, el nuevo texto jurídico le permite a los niños entre 12 y 14 años modificar su género, pero para ello necesitarán de la autorización emitida por un juez, quien deberá evaluar previamente su madurez.

En el caso de los menores de 12 años se ha establecido que no pueden solicitar la mención registral del sexo, sin embargo sí pueden modificar su nombre con la finalidad de adecuarlo al género con el cual se siente más identificado.

La nueva ley trans también permite que en el transcurso de seis meses cualquier ciudadano pueda solicitar regresar a su sexo original.

Pero sí deseara cambiarlo por tercera vez, deberá recurrir a un juez quien deberá dirimir si existe algún tipo de fraude jurídico.

Mientras tanto, el Registro Civil está plenamente preparado para adelantar este cambio en la ley, porque estas medidas ya se están aplicado de una manera muy parecida en las 15 autonomías, gracias a que disponen de su propia legislación trans.