Uno de los aspectos más relevantes a considerar en Conservación y protección del Patrimonio Histórico, en particular, y Patrimonio Cultural, en la más amplia acepción del término, es su normalización, a través de regulación normativa, del conocimiento en esta materia patrimonial, es el de la adscripción competencial de los diferentes trabajos a realizar a cada una de las disciplinas implicadas.

Competencias profesionales en conservación del Patrimonio

Se trata quizás de la cuestión menos desarrollada y que más carencias presenta en el ámbito del patrimonio histórico.

La situación actual es la siguiente:

Existen otros perfiles profesionales que también tienen claros sus cometidos aunque derivados de la práctica más que de un reconocimiento formal de los mismos: los restauradores de Bellas Artes, cuya exigente formación y preparación supone un criterio de selección muy importante.

No obstante, resulta necesario una regulación legal de esta actividad, sobre todo, para la actuaciones sobre bienes privados.

  • Los antropólogos, al otorgárseles automáticamente la competencia profesional de los bienes etnológicos.
  • Todos aquellos otros relacionados con estudios técnicos muy especializados: químicos, geólogos, ingenieros, etc.

La situación que presenta la Historia del Arte es especialmente compleja y contradictoria, ya que si bien, en teoría, su participación debería ser muy amplia, dada la enorme importancia y cantidad de bienes histórico-artísticos que conforman el Patrimonio Histórico, en la práctica esta participación es muy reducida, confusa y, en muchos casos, asumida por otras disciplinas.

Así que, a lo largo de este artículo y los siguientes que están en proceso de ser publicados, solventaremos todas las dudas. ¡No se lo pierdan!

Patrimonio y legislación

Consideramos que la legislación de Patrimonio Histórico debería abordar, y, por tanto, regular, la actividad profesional de cada una de las disciplinas participantes en la tarea de protección como garantía de rigor y calidad en la actividad tutelar y como respeto a las competencias profesionales de cada disciplina.

Los criterios para abordar esta regulación de la actividad profesional serían:

  • Distinguir entre las labores generales de gestión y administración de los bienes culturales, las cuales podrían ser competencia de los conservadores de patrimonio Histórico, y las actividades desarrolladas por cada disciplina en cada una de las actividades tutelares: restauración, difusión, declaración, etc.
  • Definir con claridad los diferentes tipos de bienes culturales existentes, así como sus valores.
  • Incorporar en la fijación de los procedimientos administrativos para la realización de cualquier actividad tutelar (exportación, autorización de carteles, restauración, tanteo y retracto, etc.) los contenidos referidos al conocimiento que procedan.
  • Definir y reconocer las diferentes metodologías científicas de conocimiento: Arqueología, Historia del Arte, Geografía, Historia, Arquitectura, etc.
  • Identificar los perfiles profesionales necesarios para cada una de las actividades científicas a realizar en función de la estructura formativa oficial (grados y postgrados).
  • Toda esta regulación legal y administrativa beneficiará especialmente, en primer lugar al conocimiento (especialmente el histórico y artístico), y en segundo lugar al desarrollo profesional de las disciplinas de Humanidades.