Un Referéndum es un procedimiento jurídico legal, el cual permite a la población que se someta al voto popular para ratificar o rechazar ciertas resoluciones, leyes o actos administrativos de un gobierno. Algunos históricos son los que han tratado la independencia de Escocia o el de la independencia de Crimea.

Este mecanismo es una herramienta de la democracia directa, en la que laos ciudadanos toman una decisión sin tener la necesidad de la intermediación de los representantes con su derecho al sufragio para apoyar o desaprobar algo. Para llegar al acuerdo tiene que haber la mayoría absoluta entre los sufragios.

Este puede convocarse en el ámbito nacional para tomar decisiones de relevancia para el país, por ejemplo para decidir sobre una enmienda constitucional o revocar el mandato presidencial. El mismo, puede hacerse efectivo, debido a que una parte de la nación así lo solicita, luego haber una cantidad considerada de firmas adeptos a una causa.

En ocasiones el referéndum se hace consulta con la forma de Si y No, por ejemplo: ¿Está usted de acuerdo con la utilización de la eutanasia? Siendo Si o No únicas dos opciones, que debe escoger el consultado para responder. Esta herramienta, permite que el pueblo delegue su poder de decisión y serán la última instancia que decida alguna cuestión importante de su país.

Existen diferentes tipos de referéndums: Según el objeto, Según el fundamento, Según su carácter y Según el resultado

De acuerdo a su objeto está: el referéndum constitucional, es tema relacionado con una constitución, por su parte, el de independencia, si el objeto es la declaración de independencia, el legal, es si está relacionado con una ley y por último el revocatorio es revocar un mandato de elección popular.

Según su fundamento se encuentra el referéndum facultativo, Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto, en el obligatorio o preceptivo, si celebración es la exigencia propia del ordenamiento, por su parte, el decisorio, es cuando el resultado se hace efectivo y vinculante, el constitutivo, es cuando el resultado implica la manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante y constitutivo o de ratificación se refiere cuando el efecto es aprobar una disposición.

Según su carácter se encuentra el referéndum propositivo, de él se podrán proponer nuevas leyes, el abrogativo, podrá anular leyes vigentes de igual o menor jerarquía que las propuestas y aprobativo, mediante este lograrán aprobarse leyes que lleguen al parlamento por vías participativas, y según el resultado está el referéndum vinculante, que es cuando el resultado tiene validez jurídica y es necesario que se efectúe una minúscula parte de la participación ciudadanía.