El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto que constituye la base del sistema español de imposición directa.

Esto quiere decir, que de manera directa, y a través de la compra de cualquier tipo de producto o servicio que tribute, un porcentaje del precio que se paga pertenece a esta retención directa. Desde julio de 2010, se produce una modificación del IVA a causa de la crisis económica, que hizo que los tipos aumentaran hasta el 21% (general), 10% reducido. El tipo superreducido no sufrió modificaciones.

Así, en España, y en concepto de recaudación de IVA, las arcas del Estado han conseguido más de 50 millones de euros en 2012, cifra que ha aumentado respecto a años anteriores, al pasar de un 18% un 21%.

Este impuesto de naturaleza indirecta recae directamente sobre el consumo, y además, tiene un carácter neutral de cara a las empresas y organizaciones, ya que para ellos, éste no supone ni un gasto ni un ingreso, porque los bienes adquiridos en la producción y distribución son empleados en su proceso de producción o comercialización. Así, esa neutralidad desaparece cuando el consumidor compra el bien o servicio final.

En España, la norma reguladora de este impuesto está en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, Ley 37/1992 y en el Reglamento del Impuesto aprobado por Real Decreto 1624/1992. Esta normativa se extiende a todo el territorio español, excepto en las Canarias, donde se aplica un impuesto similar llamado "Impuesto General Indirecto Canario", cuyo porcentaje es menor.

Los bienes y servicios que están sujetos a este impuesto indirecto son todos aquellos que se realicen tanto de manera habitual como ocasional, y en el caso de proceder del extranjero, se aplica un gravamen con el fin de igualar la carga tributaria de todas las mercancías.

Aun así, la ley establece excepciones en las que determinadas operaciones están exentas de pagar este impuesto, entre los que se encuentran los servicios médicos, algunas actividades educativas y deportivas, operaciones de seguro y de finanzas.

Hasta el año 2010, el tipo general y reducido del IVA estaba establecido en:

- Tipo general: 18%

- Tipo reducido: 8%

- Tipo superreducido: 4%