Hace unos días se aprobó la denominada Ley de Fomento de Financiación Empresarial (LFFE) con la que el Gobierno de España pretende mejorar la financiación a empresas, especialmente a las pymes. En dicha ley, entre muchas otras cosas, se contempla, por ejemplo, el otorgar mayor capacidad de supervisión, inspección y sanción a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la regulación del denominado "mistery shopping" y un techo de capitalización de 500.000 euros para operar en el Mercado Alternativo Bursátil.

En dicha ley también se pretende regular el crowdfunding.

El crowdfunding es un sistema de financiación colectiva, mediante el cual todo el que tenga un proyecto que desee realizar pero carezca de los medios necesarios puede subir su idea a la red y promocionarla para que la gente invierta dinero en su iniciativa. Es un sistema en auge actualmente, tanto por su sencillez como porque abre muchas puertas a emprendedores. El método es sencillo, la idea está colgada en una plataforma de crowdfunding y los usuarios eligen si quieren donar dinero al proyecto y cuánto desean donar.

En la mayoría de los casos se ofrecen "recompensas" según el dinero donado, por ejemplo si es para financiar un disco de música según el dinero que el usuario aporte recibirá una copia física del álbum en casa, o una edición especial o algún pack con regalos.

En España los proyectos que más apoyo suelen recibir en las redes son los relacionados con la cultura, ya sean libros, películas, videojuegos…El récord actual lo ostenta Pedro J. Ramírez, que pidió financiación para crear un medio de comunicación; "El Español", y recaudó más de tres millones de euros.

Los tipos de crowdfunding son cuatro:

-De recompensa: Es el que antes hemos explicado, el usuario dona y actúa como "mecenas" recibiendo una contraprestación según la cantidad aportada.

Por ejemplo un pase vip para el estreno de la obra, una cena con el equipo de rodaje, un concierto privado…

-De donación: Es el tipo de financiación que no ofrece recompensa a las aportaciones. Suelen ser proyectos solidarios o de carácter humanitario.

-De inversión: Los donantes se consideran inversores y obtienen acciones de la empresa o compromisos sobre los beneficios que se obtengan.

Fue el usado, por ejemplo, por Pedro J.

-De préstamo: Se ofrece un tipo de interés sobre el dinero donado que el autor del proyecto deberá devolver a sus prestamistas.

El Proyecto de Ley para regular el sector crowdfunding, al estilo de países como Estados Unidos o Reino Unido afecta sólo a los denominados crowdfunding de inversión y de préstamo, que serán regulados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y por el Banco de España. La ley también busca garantizar la máxima transparencia y pone ciertas limitaciones tanto a proyectos como a inversores. Los proyectos dirigidos a profesionales podrán recaudar hasta cinco millones de euros mientras lo que lo hagan a particulares tendrán un límite de dos millones.

Así mismo se distingue entre inversores acreditados y no acreditados. Los acreditados no tienen limitación y son inversores institucionales, empresas que superen determinados niveles de activo (un millón de euros), cifra de negocio (dos millones) o recursos propios (trescientos mil euros) y las personas físicas que superen los cincuenta mil euros anuales de renta o tengan un patrimonio superior a cien mil euros y soliciten este tratamiento. Los no acreditados en cambio podrán donar un máximo de tres mil euros por proyecto y diez mil euros anuales totales.